¿Soportará nuestra plataforma cívico-democrática?

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¿Soportará nuestra plataforma cívico-democrática?
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Con cerca de 38 candidatos políticos, unos deseosos de ocupar la silla presidencial, y otros muchos otros más, deseosos de ocupar una curul en la Asamblea Legislativa, sale la pregunta: ¿Soportará el peso nuestra plataforma cívico-democrática?

Si bien el artículo 93 de la Constitución Política declara el voto como función primordial obligatoria, no hacerlo es indigno de todo costarricense, puesto que equivale a negarse a hacer patria. Debe llenarnos de orgullo y alegría saber que nuestra democracia, pese a sus faltantes, fue declarada la tercera mejor del mundo, según estudios del Barómetro Político Latinoamericano, conforme a información televisiva de CNN, divulgada en octubre del 2021. Nos preceden Uruguay y Chile.

Ya sabemos que nuestra democracia se estima la mejor de América Latina y del Caribe. ¿De qué vive una democracia? Del voto responsable. Por tanto, debemos pedirles a los políticos disminuir el caudal de pobres; no quitarles a unas instituciones para darles a otras, sino poner orden burocrático en este país con 320 instituciones públicas conocidas.

El artículo 93 de la Constitución expresa la obligación primordial ciudadana de cumplir con el sufragio, con el deber de votar. El no hacerlo no es digno de un costarricense amante de su patria; mas solo votar es también pedirle al candidato bajar el caudal de pobres del país, quienes son nuestros hermanos. Como nos esperan, allá nos van a preguntar qué hicimos por los pobres.

¿Qué nos pide la patria? Votar por este sistema democrático vigoroso; a veces despreciado sin ninguna razón importante. Como sabemos, es un régimen que pide la actualización de algunas de sus disposiciones. En este sentido, vale la pena comparar nuestro sistema, por ejemplo, con el de los Estados Unidos.

Aquí en Costa Rica se gana por votación directa; en los Estados Unidos de Norteamérica, en cambio, se necesitan delegados. Hilary Clinton ganó por los votos directos pero perdió por no contar con los delegados suficientes al Colegio Electoral. En cambio aquí, el artículo 138 constitucional le exige al triunfador tener un porcentaje mayor al 40% de los votos válidamente emitidos. Como puede apreciarse, no hay razón válida para dejar de votar.

Una vez hecha la declaratoria por el Tribunal Supremo de Elecciones, ésta queda firme. Finalmente, recordemos que nuestra democracia es la tercera del mundo y está lejos de padecer de la enfermedad crónica de las dictaduras. Esto es más que suficiente para salir a votar y continuar el legado que nos dejó la Independencia.

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