SUGESE, 3 de diciembre, 2019

Panorama Digital
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Seguimos contándole sobre el Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, el cual está al cobro hasta el 31 de diciembre, ya que está incluido en el marchamo.

Algunas personas confunden este seguro con un seguro voluntario. Por lo que le solicitamos a Tomás Soley Pérez, Superintendente de Seguros que nos explicara la diferencia.

en primer lugar, en que el seguro obligatorio automotor debe de pagarse como parte de los requisitos para que un vehículo esté circulando y solamente cubre lesiones personales como la muerte de unas víctimas de un accidente de tránsito hasta por un monto de 6 millones de colones. El seguro voluntario cubre además de estos montos podría cubrir en exceso del SOA, un monto adicional por la responsabilidad civil del dueño del vehículo o del conductor en caso de que fuera llevado a juicio podría cubrir daños materiales a terceros o a otros vehículos con los cuales colisiona o la propia de terceros o inclusive los daños del propio vehículo.

Nos queda claro que sí existen diferencias entre el SOA y un seguro voluntario, ahora bien, un caso de un accidente de tránsito, cual debo usar primero, Nuevamente responde Tomás Soley Pérez.

Primero de aplica la cobertura del SOA en tonto que es obligatorio y el seguro voluntario entra a jugar en exceso de esa cobertura, es decir iniciadas las atenciones del lesionado, se llegaran a agotar los seis millones de colones de cobertura básica o los 12 millones de colones, en caso de que se hubiera duplicado en los casos específicos, el seguro el seguro voluntario empieza a operar. Así las cosas cada vez que tenga un accidente la recomendación es comunicarse con su compañía de seguros y a efecto de que esté claro que le pueda guiar y acompañar en el proceso indemnizatorio para las víctimas de un accidente de tránsito.

 “SUGESE: mejor asegúrese, asesórese”.

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