SINAES: 9 de noviembre, 2017
![Panorama Digital Panorama Digital](https://www.panoramadigital.co.cr/wp-content/uploads/2020/02/logocanara-236x300-1-150x150.jpg)
En la Educación Superior costarricense existen tres conceptos que muchas veces se consideran sinónimos pero que no lo son pues presentan diferencias importantes, se trata de autorización de funcionamiento, reconocimiento de títulos y acreditación
La acreditación oficial, es potestad del Estado, el cual, a través de la Ley 8256, delegó en el SINAES.
Someterse a la evaluación con fines de acreditación es una decisión que voluntariamente toman las carreras universitarias. SINAES acredita carreras, no universidades. La evaluación del SINAES es exhaustiva y rigurosa.
La membresía al SINAES es un requisito básico para que las carreras de una institución educativa puedan someterse a la evaluación con fines de acreditación. Así las cosas, si la universidad o parauniversidad no forma parte del SINAES, las carreras de esa institución no podrán someterse a la evaluación con fines de acreditación.
SINAES, contribuimos al mejoramiento continuo de la calidad de la Educación Superior en Costa Rica.
Los comentarios están cerrados.