Sobre el proyecto de “Ley de Protección del Consumidor de Servicios o Productos Financieros”

Panorama Digital
Panorama Digital
Sobre el proyecto de “Ley de Protección del Consumidor de Servicios o Productos Financieros”
Cargando
/

Fortalecer la protección del consumidor financiero es un fin loable. Pero el proyecto de ley  24.616, “Ley de Protección del Consumidor de Servicios o Productos Financieros” presenta problemas estructurales que ponen en riesgo la efectividad de dicha protección, así como la estabilidad y autonomía de nuestro sistema financiero. Mis objeciones se basan en cinco puntos críticos:

  • Retroceso institucional: Se pretende dar competencias de supervisión financiera especializada al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC). Eso es un error grave. El MEIC es un órgano político sujeto a cambios de gobierno y a presiones políticas, mientras que superintendencias como Sugeval y Sugese tienen autonomía técnica y operativa alineada con estándares internacionales. Desmantelar este esquema debilita la buena práctica de una fiscalización técnica.
  • Duplicidad regulatoria: La coexistencia de dos autoridades con facultades sobre la supervisión de conducta y protección al consumidor provocará procedimientos sancionatorios paralelos, interpretaciones contradictorias y una carga regulatoria excesiva. Esto no beneficia a los usuarios y complica el marco legal.
  • Aumento de costos para el usuario: El nuevo canon regulatorio que pretende imponerse representa una doble carga económica para las entidades financieras que ya financian su propia supervisión. Este gravamen será inevitablemente trasladado a los consumidores mediante comisiones más altas, mayores intereses y un menor acceso a productos financieros.
  • Riesgo de inconstitucionalidad: El proyecto confiere al MEIC potestades exclusivas de los tribunales de justicia, tales como declarar nulidades, imponer medidas cautelares y fijar responsabilidad civil. Estos actos jurisdiccionales están reservados al Poder Judicial.
  • Interpretación errónea: Si bien el proyecto se justifica en las recomendaciones de la OCDE, esta organización no impone un modelo institucional único ni exige que la supervisión recaiga en el MEIC.

Costa Rica puede cumplir con los estándares internacionales fortaleciendo las superintendencias actuales, aprovechando la experiencia técnica existente y evitando crear un aparato burocrático innecesario. Debemos construir alternativas sensatas que protejan al consumidor, no comprometan la estabilidad del sistema financiero ni debiliten la rigurosidad técnica de la supervisión.

Los comentarios están cerrados.