Ventana Electoral: Juntas Cantonales
Las Juntas Cantonales son los órganos electorales fundamentales para la organización del proceso electoral en cada cantón del país. Según el Tribunal Supremo de Elecciones, estas juntas en coordinación con la persona que funge como Asesora Electora, organizan todos los detalles que tienen que ver con el proceso en cada cantón.
Los partidos políticos con candidaturas inscritas en cada circunscripción proponen personas propietarias y suplentes para integrar cada Junta Cantonal.
Amplía don Gerardo Abarca Guzmán, Director General Interino del Registro Electoral del Tribunal Supremo de Elecciones.
La juramentación de las Juntas Cantonales es un paso clave: una vez capacitadas, las personas integrantes se presentan ante la persona Asesora Electoral o autoridad competente, y al prestar juramento pasan a ser funcionarias electorales.
Además, las Juntas Cantonales tienen la responsabilidad de recibir, custodiar y entregar el material y la documentación electoral necesarias para cada elección.
El Código Electoral establece que el Tribunal Supremo de Elecciones debe definir qué se entiende por “material y documentación electorales” y adoptar las medidas que garanticen su seguridad. En ese sentido, las Juntas Cantonales reciben del Tribunal las tulas que es como se conoce a los sacos que contienen el material y lo entregan luego a las Juntas Receptoras de Votos, verificando que esté completo.
Escuchemos a don Gerardo Abarca, del Tribunal Supremo de Elecciones.
INSERCIÓN
La Juntas Cantonales deben custodiar este material electoral, solicitar apoyo de la autoridad de policía si es necesario, y llevar un registro de los acuerdos de sus sesiones.
A las 10 de la mañana, en la página de Facebook Panorama Cámara Nacional de Radiodifusión presentaremos una entrevista con don Gerardo Abarca, Director General Interino del Registro Electoral del Tribunal Supremo de Elecciones, en la que ampliaremos toda esta información.
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