La voz de la ciudadanía y el deber de rendir cuentas: la prensa como pilar de la democracia

Panorama Digital
Panorama Digital
La voz de la ciudadanía y el deber de rendir cuentas: la prensa como pilar de la democracia
Cargando
/

En un contexto regional donde la libertad de expresión enfrenta presiones cada vez más intensas, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica ha emitido dos resoluciones de profundo significado para la institucionalidad democrática: la Resolución 24-025545-0007-CO y la Resolución 24-27116-007-CO. Ambos pronunciamientos trascienden las fronteras costarricenses y se convierten en referentes para toda América Latina, al reafirmar principios esenciales: el derecho de los ciudadanos a estar informados, el rol fiscalizador de la prensa y el deber ineludible de transparencia que corresponde a toda autoridad pública.

En la primera resolución, la Sala amparó a un periodista que fue objeto de represalias institucionales tras formular preguntas incómodas a una autoridad del Estado. En la segunda, sentenció con firmeza que no existe un “derecho a no responder” frente a interrogantes planteadas desde el periodismo.

El mensaje es claro y categórico: el poder público no puede blindarse ante el cuestionamiento legítimo, ni escudarse en el silencio o la evasión frente a la ciudadanía. Estos pronunciamientos no solo protegen la libertad de prensa en un país con una reconocida tradición democrática. Sientan una jurisprudencia valiosa para todas las naciones latinoamericanas, donde, en distintos grados, se intenta deslegitimar la labor periodística crítica o reducir los espacios de deliberación pública.

En ambos casos, la Sala Constitucional reafirma que la prensa no actúa en beneficio propio, sino como vocera de una ciudadanía que exige saber, entender y participar. En una democracia, la prensa hace que la voz de la población se escuche, incluso en los espacios institucionales donde muchas veces se busca minimizar la crítica o diluir la rendición de cuentas. Cada pregunta formulada por un periodista representa una inquietud legítima de la sociedad y un ejercicio directo del derecho a la información.

La Sala también ha recordado que las autoridades públicas están sujetas a un deber ineludible de transparencia. Gobernar es, ante todo, rendir cuentas. La reserva indebida de información pública no solo debilita la institucionalidad, sino que impide el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos.

En tiempos donde en varios países de Centro y Sudamérica el periodismo crítico es blanco de ataques políticos, estas resoluciones tienen un enorme valor ejemplar. Reafirman que el derecho a informar y a ser informado no es una concesión del poder, sino una garantía ciudadana que sustenta la democracia misma.

La transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la verdad son valores que deben ser defendidos con firmeza por las instituciones, los medios y la sociedad civil.

La libertad de prensa no es un privilegio, es una condición indispensable para que las sociedades puedan decidir con libertad. Y como tal, debe ser protegida especialmente cuando incomoda, cuestiona o desafía al poder. El respaldo de la Sala Constitucional al rol fiscalizador de los medios constituye también una garantía para todos los ciudadanos del continente.

Cuando se protege a un periodista, se protege el derecho de todas las personas a saber. Cuando se obliga a una autoridad a responder, se reafirma que el poder público está al servicio de la sociedad, no al margen de ella. Y cuando se defiende la transparencia como principio constitucional, se fortalece la democracia no solo en un país, sino en toda la región.

Los comentarios están cerrados.